Ya se presentaron tres planteos en los cuales agentes del Fisco que fueron separados de sus cargos atacaron de nula la disposición 21/11 del ente por ejercicio abusivo del ius variandi.

La Sala A de la Cámara Federal confirmó la medida cautelar de no innovar solicitada por la contadora Graciela Silvia Zinna, de acuerdo con el artículo 66 de la LCT. Así, en la causa se le ordenó a la parte demandada -el Fisco- que restituya inmediatamente en su cargo a la agente, en las condiciones y modalidades de trabajo en las que venía desempeñándose.

Al resolver, el tribunal tomó como antecedente la causa “De Bernardi María Elena c/AFIP”, un caso similar. En éste, el tribunal reseñó que la disposición impugnada (número 21/11) daba por finalizadas las funciones que les fueran asignadas oportunamente a los agentes allí detallados -entre ellos, a De Bernardi- en el carácter de Supervisores Interinos de los Equipos de Fiscalización, sin indicar motivos por los cuales se procedía a tomar tal decisión, con el agravante que en el mismo acto se designaron para el cargo a tres agentes, pese a que de los antecedentes funcionales de la actora demostraban su alto rendimiento.
Discriminación
Zinna también venía ejerciendo el cargo de Supervisora Interina en el área de Fiscalización desde hace 20 años, con un legajo intachable, pero fue reasignada a otra categoría con menor remuneración.

Entre otros argumentos, el abogado defensor de la accionante señaló la discriminación de género que se ha dado en el área de Fiscalización del organismo.

Así, el letrado apuntó que al tiempo de su creación, de sus diez integrantes cinco eran mujeres, puntualizando que en la actualidad queda sólo una.

En su fallo, la Alzada estimó que existen serios elementos de juicio que ponen en evidencia la existencia de un perjuicio inminente para la accionante, toda vez que con la aplicación de la disposición impugnada se produce una merma en sus ingresos habituales y una postergación en el derecho a su carrera administrativa.

Con el caso de De Bernardi y Zinna ya suman tres los planteos similares ventilados ante en la Justicia Federal en los cuales agentes de la AFIP separados de sus cargos atacaron de nula la disposición 21/11 del ente por ejercicio abusivo del ius variandi.

En éstos, los magistrados consideraron que “no se puede eximir a la Administración de respetar los recaudos legales que otorgan validez a los actos administrativos, como son la causa y motivación suficiente de éstos, todo lo cual importaría un irregular ejercicio de la potestad discrecional”.

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